Condenan al hombre que esperaba al narcosubmarino dándole luces en la ría de Aldán

El Tribunal Supremo atendió al recurso del fiscal y también señala que Enrique S. fue cómplice de lo ocurrido / Iago R. y Yago S. recibieron una segunda multa de 50 millones de euros / El caso del primer semisumergible transoceánico incautado en Europa queda cerrado en la vía judicial con siete condenados, entre ellos el piloto de la embarcación, Agustín S., al que impusieron 11 años de prisión
Compártelo

El Tribunal Supremo ha rectificado en parte y por segunda vez la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, primero, y por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), después, condenando a Rodrigo M., el hombre que acudió en la madrugada del 24 de noviembre de 2019 al entorno de la playa de O Foxo, en Aldán, y, con sus luces, dirigió al narcosubmarino hacia la costa, según la hipótesis policial y fiscal que ahora sí, se valida en sede judicial de forma firme. Junto a este cambio, el Alto Tribunal también condena a Enrique S., que había sido absuelto de su participación en el intento de recoger la mercancía ilegal en el TSXG, más de 3.000 kilos de cocaína que fueron intervenidos en el primer narcosubmarino transoceánico que fue incautado en la historia de Galicia, de España y de Europa.

“No cabe obviar el éxito de parte de las gestiones realizadas por Yago S. y Iago R.. guiadas a favorecer la conclusión de la operación de narcotráfico, y que esas gestiones se desarrollaron y se llevaron a cabo con la declarada como probada colaboración eficiente de Rodrigo M. y Enrique S.”, explica el fiscal jefe, Pablo Varela, en el recurso que interpuso ante el Supremo. Sin embargo, no fue esa la argumentación que atendió el Alto Tribunal, sino la que se refiere a la calificación jurídica de los hechos, pues señalan los jueces que Rodrigo y Enrique sí cometieron los delitos, el primero como tentativa y el segundo como cómplice. Ambos, que habían sido absueltos en la segunda instancia,  son condenados a sendas penas de 18 meses de cárcel y dos multas de 50 millones de euros, en el primer caso, y 9 meses de cárcel y dos multas de 25 millones en el segundo.

En el caso de Enrique, se considera probado que aceptó recibir todos los efectos que estaban preparados para llevarle a los tripulantes del semisumergible, de ahí que señale su complicidad. En cuanto a Rodrigo, además de recibir la droga, el TS ve acreditado que estaba en el lugar al que llegó el narcosubmarino con las luces encendidas la noche de los hechos, marcando el lugar del posible desembarco, tal y como se le había indicado.

El mismo fallo, que mantiene las penas de cárcel impuestas al resto de acusados (once años para el piloto y los tripulantes del narcosubmarino, Agustín A. y los dos ciudadanos ecuatorianos, 26 meses para Yago S. y 18 meses para Iago R.), señala que a estos dos últimos, que habrían efectuado gestiones en tierra con la idea de recuperar parte de la droga, según los distintos tribunales, se les impone una nueva multa de 50 millones a añadir a la que ya figuraba en la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

Interior del narcosubmarino / Narcodiario

En cuanto a los recursos de los investigados, ninguno de ellos prosperó ante la sala. Contra la presente resolución, explica el Tribunal Supremo, ya no cabe recurso alguno por las vías ordinarias, por lo que se considera un dictamen firme.

La embarcación / Diario de Pontevedra
Compártelo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¿Te gusta Narcodiario?

Apóyanos.